Miércoles, 09 Septiembre 2026
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El Juez Único desestima la reclamación del Hércules por Javi Moreno y confirma que no hubo alineación indebida

Pepe Valero


La resolución federativa concluye que el Real Murcia actuó con una "diligencia superior a la exigible" antes de alinear al futbolista y determina, además, que la sanción que arrastraba desde 2025 debía haberse cumplido en Armenia o, en su defecto, estaba prescrita.

El Juez Disciplinario Único para Competiciones No Profesionales de la RFEF ha desestimado íntegramente la reclamación presentada por el Hércules de Alicante contra el Real Murcia por la supuesta alineación indebida de Javi Moreno en el encuentro de la primera jornada de Primera Federación disputado el pasado 29 de agosto en Alicante, que terminó con victoria grana por 1-2. La resolución, adoptada este miércoles 9 de septiembre, ordena además el archivo de las actuaciones.

 

El Hércules presentó su reclamación el 1 de septiembre al considerar que Javier Moreno Sánchez arrastraba una sanción de tres partidos impuesta por los órganos disciplinarios de la RFEF cuando todavía pertenecía al conjunto alicantino. El castigo procedía de los hechos ocurridos en el Hércules-Atlético Sanluqueño del 24 de mayo de 2025. Según la tesis herculana, parte de aquella suspensión seguía pendiente cuando el futbolista regresó al fútbol español para incorporarse al Real Murcia.

 

El Hércules solicitaba que, si se acreditaba que la sanción continuaba vigente, se declarase la alineación indebida, se diese al Real Murcia por perdido el encuentro por 3-0 y se impusiera al club grana la correspondiente multa.

 

El Real Murcia consultó expresamente a la RFEF

 

Uno de los elementos fundamentales de la resolución es la actuación del Real Murcia antes de alinear a Javi Moreno. El club grana explicó que el informe FIFA TMS correspondiente al traspaso desde el FC Pyunik al Murcia indicaba expresamente "Sanciones disciplinarias: No". Pero el Murcia no se limitó a comprobar la documentación internacional: antes de comenzar la Liga realizó varias consultas a la propia RFEF sobre la situación disciplinaria del futbolista.

 

La respuesta federativa fue inequívoca: "el jugador no tiene actualmente ninguna sanción pendiente de cumplimiento". Para el Real Murcia, la combinación de esa respuesta, el TMS y la correcta inscripción federativa del jugador acreditaba que podía ser alineado frente al Hércules.

 

La documentación incorporada posteriormente al expediente reforzó esta posición. Cuando Javi Moreno abandonó España en 2025, el Certificado Internacional de Transferencia emitido por la RFEF hacia Armenia sí recogía una sanción pendiente. Sin embargo, después de que el futbolista disputase la temporada 2025/2026 con el FC Pyunik, el CTI expedido por la Federación Armenia el 6 de julio de 2026 para su regreso a España señalaba expresamente: "Sanciones disciplinarias: No".

 

“Diligencia superior a la exigible” del Real Murcia

 

El Juez Único concede especial importancia al principio de confianza legítima. La resolución considera que no puede apreciarse una actuación dolosa o negligente del Real Murcia, ya que Javi Moreno disponía de licencia federativa, su transferencia internacional estaba regularizada y el sistema FIFA TMS no reflejaba ninguna sanción pendiente.

 

El pronunciamiento va incluso más lejos al valorar el comportamiento del club grana: “el Real Murcia CF desplegó una diligencia superior a la exigible”, puesto que consultó expresamente a la RFEF antes del encuentro y recibió una respuesta coincidente con la información procedente de la Federación Armenia.

 

Por todo ello, el Juez considera descartable que el Real Murcia incurriera en alineación indebida. La confianza del club no procedía de una interpretación propia, sino de elementos objetivos: el TMS sin sanciones pendientes, la inscripción del jugador, la documentación de la transferencia y la respuesta expresa de la propia RFEF.

 

La sanción debía cumplirse en Armenia y, en cualquier caso, estaba prescrita

 

La resolución aborda además el fondo de la cuestión: qué había ocurrido con la sanción impuesta a Javi Moreno en mayo de 2025. El artículo 12 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores establece que las sanciones pendientes de hasta cuatro partidos deben ser ejecutadas por la nueva asociación a la que se transfiere el futbolista. Por tanto, al marcharse Javi Moreno al FC Pyunik, correspondía a la Federación Armenia ejecutar el castigo comunicado por la RFEF.

 

Y aquí el Juez Único es especialmente contundente: considera que la sanción debía cumplirse en la competición armenia y que, si no fue ejecutada una vez transcurrido el plazo correspondiente desde el comienzo de la temporada 2025/2026, las sanciones impuestas en mayo de 2025 ya estaban prescritas el 29 de agosto de 2026, fecha del Hércules-Real Murcia.

 

Además, una eventual deficiencia en la ejecución de la sanción en Armenia no puede trasladarse posteriormente al Real Murcia, un tercer club que incorporó al jugador en julio de 2026 con un TMS que certificaba que no existía ninguna sanción disciplinaria pendiente.

 

Los tres puntos del Rico Pérez se quedan en Murcia

 

La conclusión del expediente no deja margen sobre el resultado del partido. El Juez Único establece que no consta acreditado que Javi Moreno estuviera sometido el 29 de agosto a una suspensión federativa vigente, eficaz y oponible al Real Murcia, y tampoco aprecia dolo, culpa, negligencia o ánimo defraudatorio por parte de la entidad grana. Al contrario, destaca la actuación diligente del club y la confianza legítima generada por la información federativa oficial.

 

De esta forma, queda íntegramente desestimada la reclamación del Hércules y archivado el expediente, por lo que permanece inalterado el Hércules 1-2 Real Murcia conseguido sobre el terreno de juego en el estadio José Rico Pérez.


Autor: Redacción - @GoldelMurcia
Fotografia: Pepe Valero - @GoldelMurcia

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